Los mapas de ruido son representaciones cartográficas de los niveles de presión sonora existentes en una zona concreta y en un período determinado (diurno, vespertino, nocturno). Estos niveles de ruido se asocian al número de población que habita el área en cuestión, y proporcionan información muy valiosa sobre la cantidad de población expuesta a un determinado umbral de ruido.
La Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo establece un calendario de realización de los mapas estratégicos de ruido y planes de acción en función del número de habitantes y de la densidad del tráfico de cada zona. Asimismo, la Directiva 2015/996/UE establece que los Estados miembros de la Unión Europea deben elaborar planes de acción encaminados a afrontar las cuestiones relativas al ruido y a sus efectos en cada uno de sus territorios. Estas acciones incluyen, si fuese necesaria, la reducción del ruido en aquellos lugares próximos a los grandes ejes viarios, grandes ejes ferroviarios, grandes aeropuertos y aglomeraciones.
De acuerdo a esta normativa, y para tener trazabilidad de nuevas vías férreas y viarias, es necesaria la realización de mediciones acústicas con criterios homólogos según la legislación y norma ISO. Estas mediciones se deben realizar por parte de una entidad autorizada por la administración competente en cada comunidad autónoma que permita comparar entre sí las magnitudes de ruido verificadas de cada zona.